Para vender un auto entre particulares en Ecuador es necesario contar con la documentación al día y seguir el proceso de traspaso establecido por la ANT. Aquí está todo lo que necesitas preparar.
Matrícula vehicular (ANT)
La matrícula vehicular es el documento principal que acredita la propiedad del vehículo en Ecuador, emitida por la ANT (Agencia Nacional de Tránsito). Debe estar vigente para poder realizar el traspaso.
- Matrícula vigente: La matrícula se renueva anualmente. Si está vencida, el traspaso no puede realizarse hasta renovarla. Las deudas asociadas deben estar canceladas.
- Impuesto a la propiedad de vehículos motorizados: Este impuesto municipal anual debe estar al día para la renovación de la matrícula y el traspaso.
- SOAT vigente: El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) debe estar vigente para circular y es requerido en el proceso de traspaso.
Revisión técnica vehicular
- Obligatoria para la matrícula: La revisión técnica es parte del proceso de matriculación anual. Un vehículo con matrícula vigente ya cuenta con revisión técnica aprobada.
- Impacto en la venta: Un vehículo con matrícula y revisión técnica al día es mucho más fácil de vender — el comprador no tiene que asumir trámites pendientes.
Traspaso en la ANT
El traspaso es el trámite oficial que transfiere la propiedad del vehículo. Se realiza en cualquier Unidad de Control de Tránsito y Transporte Terrestre (UCT) de la ANT.
- Documentos requeridos: Cédulas de identidad del vendedor y comprador, matrícula vigente, contrato de compraventa notariado (en muchos casos se exige ante notario).
- Certificado de no tener deudas: El vehículo no debe tener multas de tránsito pendientes registradas en la ANT.
- Presencia de ambas partes: Generalmente se requiere la presencia física de vendedor y comprador para el traspaso.
Contrato de compraventa
- Incluye: datos del vendedor y comprador (cédula, nombres completos), datos del vehículo (placa, chasis, marca, modelo, año, km), precio, forma de pago y fecha.
- En Ecuador es habitual elevar el contrato a escritura pública (notarización) para mayor seguridad jurídica.
- Dos copias firmadas — una para cada parte.